DIVISION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05347
16 de junio del 2011
DJ-0640-2011
Señores
Aracelly Chacón
Presidenta Junta Administrativa
COLEGIO DE CAÑAS DULCES
Msc. Jorge Acón Hernández
Director
COLEGIO DE CAÑAS DULCES
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, con
fundamento en el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función
Pública.
Nos referimos a sus oficios sin número de 1° de junio de 2011, recibidos en esta Contraloría
General el 10 de junio del mismo año. En dichos oficios, solicitan la autorización para que las
funcionarias Roxana María Villalobos Vargas, quien labora para el Colegio de Cañas Dulces, Natalia
Mora Angulo, quien labora para el Colegio de Cañas Dulces y Ángela Rosa Rivas Lamas, quien labora
para el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Liberia, puedan laborar como instructoras en el
área de computación y de inglés, con el programa INA después de las 4:00 p.m., de conformidad con
las disposiciones para realizar trabajo extraordinario contenidas en el articulo 17 de la Ley No. 8422,
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica, en concordancia con el
articulo 1, inciso 40) de su Reglamento Orgánico, Decreto Ejecutivo No. 32333-MP-J.
Criterio del Despacho
Como asunto de primer orden resulta necesario hacer del conocimiento de esa administración
que el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
Función Pública, Ley Nº 8422, de 6 de octubre de 2004, y que hace referencia a la potestad de
aprobación previa por parte de la Contraloría General de las solicitudes de autorización para llevar a
cabo trabajos extraordinarios, fue reformado mediante la Ley Nº 8823, denominada “Reforma de
varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la República para la simpl ...
Fecha publicación: 17/06/2011
Fecha emisión: 14/06/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2011
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03257
07 de abril, 2011
DJ-0399-2011
Señor
Mario Rivera Turcios
Gerente General
BANCO DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende gestión de autorización formulada por el Banco de Costa Rica al
tenor de lo dispuesto en el numeral 17 de la Ley contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley 8422.
Damos respuesta a su oficio GG-03-128-2011 del 22 de marzo de 2011, mediante el cual esa
entidad bancaria solicita la autorización que se estipula en el párrafo quinto del artículo 17 de la
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley 8422, para que la
señora Marta Eugenia Arrea Brenes pueda integrar la junta directiva del Banco Internacional de
Costa Rica S.A. (BICSA), que forma parte del Conglomerado Financiero del Banco de Costa Rica.
I.- Motivo de la gestión:
Entre las razones que expone para integrar la Junta Directiva es que el Banco de Costa Rica
sigue un esquema corporativo para el funcionamiento de la entidad y sus subsidiarias, lo que se ha
plasmado en el código de gobierno corporativo emitido en el contexto del Reglamento de Gobierno
Corporativo emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y como
consecuencia de ello los planes estratégicos y comerciales se elaboran y ejecutan en forma armónica
y coordinada, buscando el interés y beneficio del grupo y no de cada empresa en particular. Esta
coordinación y ejecución armónica consideran que se dificultaría sustancialmente si en la Junta
Directiva General del Banco y sus subsidiarias hubiese gran diversidad de directores
(aproximadamente 25 directores o más) pues actualmente el Banco es socio mayoritario de BICSA,
así como titular de otras cinco sociedades, lo que nos llevaría a tener un grupo de directores muy
numeroso si no se procediera conforme lo ha estructurado el Ban ...
Fecha publicación: 10/04/2011
Fecha emisión: 07/04/2011
Institución: BANCO DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2011
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 2886
28 de marzo, 2011
DJ-0344
Ingeniero
Héctor Monge Montero
Director Ejecutivo
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (COSEVI)
Apartado Postal 745-1150 La Uruca
Fax: 2233-1041
Estimado señor:
ASUNTO: Se autoriza nombramiento interino de la Máster Patricia Montero Acuña,
en el puesto de auditora interna interina en el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) por
un periodo de 6 meses.
Damos respuesta a su oficio N° DE-2011-0277 de 4 de febrero de 2011, recibido en esta
Contraloría General el 9 de febrero siguiente, mediante el cual transcribe el acuerdo adoptado
por la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial -en adelante COSEVI- en el artículo VII
de la sesión Nº 2625-11, celebrada el 01 de febrero de 2011, en el cual se acordó nombrar a la
Máster Patricia Montero Mora, como auditora interna en forma interina, a partir del 16 de
febrero de 2011.
En virtud de lo anterior, solicita la correspondiente autorización de este órgano
contralor, al tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno (Ley
Nº 8292 del 31 de julio del 2002, en adelante LGCI) y los “Lineamientos sobre los requisitos de
los cargos de auditor y subauditor internos, y las gestiones de nombramiento en dichos cargos”
(emitidos por la Contraloría General de la República, L-1-2006-CO-DAGJ, publicados en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del 08 de diciembre de 2006) y su reforma, emitida con
resolución R-DC-119-2009 del 16 de diciembre de 2009, publicada en La Gaceta Nº 28 de 10
de febrero de 2010.
Complementa su gestión el oficio N° DGDH-0659-2011 de 11 de febrero, recibido el
14 de febrero siguiente, emitido por la Licda. Sara Soto Benavides, Mba, en su condición de
Jefe a.i. del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano, el cual fue atendido por este
Despacho mediante oficio Nº 1598 (DJ-0194) de 7 de febrero de 2011. Además, el oficio Nº
DE-2011-0389 ...
Fecha publicación: 31/03/2011
Fecha emisión: 28/03/2011
Institución: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2011
PAGE
7
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15893
13 de noviembre de 2006
DAGJ-1826-2006
Licenciado
Ronald Ugalde Rojas
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE POÁS
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre si procede la participación de un auditor interno como miembro de una Junta Receptora de Votos, en representación del TSE.
Damos respuesta a su atento oficio número AI-88-2006 de 27 de octubre de 2006, recibido en esta Contraloría General el 30 de octubre siguiente, por medio del cual nos formula consulta en torno a la posibilidad legal de que un auditor interno participe como representante del Tribunal Supremo de Elecciones, en una Junta Receptora de Votos, para las elecciones de los Alcaldes y miembros de los Concejos de Distrito.
A su vez señala que, en su criterio, si podría participar como miembro de una Junta Receptora de Votos, en representación del Tribunal de Elecciones, en los procesos electorales, en virtud del interés público y el deber democrático que tiene como objeto su colaboración en este proceso.
Asimismo, mediante el oficio AI-89-2006 del 27 de octubre de 2006, recibido en este Despacho el 30 siguiente, se amplió la consulta de mérito, con el fin de que este órgano contralor le indique si es procedente recibir remuneración por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, por desempeñarse temporalmente como miembro de una Junta Receptora de Votos, para las elecciones de Alcaldes y miembros del Concejo de Distrito, del próximo 3 de diciembre del 2006.
Criterio del despacho:
I.
Sobre la procedencia de la participación de un auditor interno en las Juntas Receptoras de Votos.
Como aspecto de primer orden, conviene referirse a la naturaleza jurídica de las Juntas Receptoras de Votos, para efectos de tener mayor claridad de cara a emitir un criterio con respecto a la consulta que nos atañe. Pasando al análisis de la normativa que regula la figura de las Juntas Receptoras de Votos, es menester ...
Fecha publicación: 04/10/2007
Fecha emisión: 13/11/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
Tesauro: Deberes,Potestades y Prohibiciones de los Funcionarios de Auditoría, Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Tribunal Supremo de Elecciones
PAGE
2
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 17727
20 de diciembre, 2006
DAGJ-2039-2006
Señor
Rónald Alfaro Vargas
Presidente Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN ISIDRO
DANIEL FLORES, PÉREZ ZELEDÓN
Apartado 75-8000
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Nº 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Nos referimos a su oficio Nº TSI-0053-2006 del 07 de diciembre de 2006, recibido en esta Contraloría General el 11 de diciembre del mismo año, mediante el cual solicita nuestra autorización para que funcionarios del Ministerio de Educación, puedan llevar a cabo trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley N° 8422 contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
I. Antecedentes de la solicitud
1. Indica en su misiva que, los funcionarios laborarán mediante un contrato de manera temporal a favor de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional San Isidro con el fin de prestar sus servicios para impartir cursos de Inglés e Informática, durante el año 2007.
2. Señala que los funcionarios recibirán una remuneración salarial, se les rebajarán las cargas sociales y serán protegidos por una póliza del Instituto Nacional de Seguros.
3. Dentro de las características de este contrato están: Se refiere a trabajos extraordinarios, en circunstancias excepcionales, que se llevarán a cabo fuera de la jornada ordinaria de trabajo, son de forma temporal, no prorrogables, son por un tiempo determinado, no se trata de cursos regulares que comúnmente imparten los profesores, sino que responde a un convenio entre la Junta Administrativa de ese Colegio y el Instituto Nacional de Aprendizaje, impartidos a distintas personas de la comunidad y no a alumnos regulares de la Institución.
4. ...
Fecha publicación: 14/01/2007
Fecha emisión: 21/12/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TEC.PROF.SAN ISIDRO DANIEL FLORES PEREZ ZELEDON
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
PAGE
4
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 17832
22 de diciembre de 2006
DAGJ-2044-2006
Señores
Lic. Jorge Antonio Alvarado Sáenz
Director
Alexis Román Espinoza
Presidente Junta Administrativa
LICEO DE SUCRE
Ciudad Quesada, San Carlos
Fax 460-62-80
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Nº 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Nos referimos al oficio sin número del 12 de diciembre de 2006, recibido en esta Contraloría General el 14 de diciembre del mismo año, mediante el cual solicitan nuestra autorización para que funcionarios del Ministerio de Educación, puedan llevar a cabo trabajo extraordinario, con el fin de prestar sus servicios para impartir cursos de Computación e Inglés Conversacional, durante el año 2007, a favor de la Junta Administrativa del Liceo de Sucre.
Con base en la excepción citada, se estarían contratando las siguientes personas:
· Karla María Campos Porras, cédula de identidad 2-597-255, quien labora en el Liceo de Sucre para impartir curso de Inglés.
· Greivin Chacón Rodríguez, cédula de identidad 2-440-943, quien labora en el Liceo de Sucre, para impartir curso de Inglés.
· Gilberth Rodríguez Guillén, cédula de identidad 2-521-398, quien labora en el Colegio Técnico Profesional San Carlos (COTAI), para impartir curso de Computación.
· Danilo Vargas Valenciano, cédula de identidad 2-567-455, quien labora en el Liceo de Sucre, para impartir curso de Computación.
I. Criterio del Despacho:
Como asunto de primer orden, se aclara que si bien expresamente solicitan en su gestión nuestra autorización para realizar el “Levantamiento de la incompatibilidad”, como lo establece el artículo 19 de la Ley N° 8422, lo procedente es la de solicitar la autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo in ...
Fecha publicación: 13/01/2007
Fecha emisión: 22/12/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO DE SUCRE, CIUDAD QUESADA, SAN CARLOS.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
PAGE
3
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 17005
8 de diciembre de 2006
DAGJ-1979-2006
Señora
Floribeth Solís Fernández
Directora a.i.
Programa de Recursos Humanos
UNIVERSIDAD NACIONAL
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de prórroga de la autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su nota de 22 de noviembre del 2006, mediante la cual con fundamento en el artículo 17 de la Ley No.8422, solicita que se prorrogue la autorización para realizar trabajo extraordinario a nombre del funcionario Carlos Alvarez Bogantes, cédula de identidad número 4-117-515, para que realice trabajos extraordinarios de conformidad con lo expuesto mediante el oficio PRH-D-1376-2006 del 5 de junio del año en curso, resuelto por esta Contraloría General mediante el oficio No. 07806 (DAGJ-0973-2006) del 12 de junio de 2006.
Nos informa que la solicitud de prórroga obedece a que se mantienen las condiciones y requerimientos laborales que originaron la situación inicial. Del mismo modo, expresa que se mantiene los datos de nombramiento consignados en el supracitado oficio PRH-D-1376-2006.
Así las cosas solicita que se prorrogue la autorización otorgada al funcionario Alvarez Bogantes, quien labora como Director del Proceso de Fortalecimiento de la Oficina de Cooperación Internacional de la Universidad Nacional, con el propósito de que preste sus servicios para implementar las bases teóricas y prácticas del Programa UNA-VIDA UNIVERSITARIA, adscrito a la Vicerrectoría de Vida Estudiantil.
Siendo que se trata de los mismos presupuestos analizados anteriormente por este órgano contralor, en nuestro oficio No. 07806 (DAGJ-0973-2006) del 12 de junio pasado, procede otorgar la respectiva autorización para contratar por concepto de trabajo extraordinario al citado funcionario, ...
Fecha publicación: 15/12/2006
Fecha emisión: 08/12/2006
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
1
8
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 16345
23 de noviembre de 2006
DAGJ-1874-2006
Señor
Samuel Rovinski G.
Director General
TEATRO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Damos respuesta a su oficio N° TN-0241-2006 con fecha 8 de noviembre en curso, recibido en este órgano contralor el 10 siguiente, por medio del cual solicita la autorización prevista en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública para llevar a cabo trabajo extraordinario, a realizar por funcionarios del Teatro Nacional con el fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley N° 8290, Ley de Creación del Teatro Nacional.
I. Antecedentes de la solicitud
1. El Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y como parte integrante del sector cultura realiza acciones con miras a promover el desarrollo cultural y artístico de los habitantes de la nación. A mayor nivel de detalle, el artículo 2° de la Ley N° 8290, Ley de Creación del Teatro Nacional establece que:
“… El Teatro Nacional tendrá como finalidad promover la producción de las artes escénicas en todas sus manifestaciones, en el más alto nivel artístico” (el resaltado es del original).
2. En línea con lo anterior, se ha desarrollado un amplio esfuerzo institucional con el fin de garantizar al público en general, una amplia programación de actividades artístico-culturales en el ámbito de las artes escénicas en la Sala Principal de ese Teatro.
3. Que para los efectos de esta solicitud se concentrarán en lo relativo a la función relacionada con la gestión, fomento, organización y programación de eventos artísticos-culturales y protocolarios que se presentan en la Sala Principal, el Teatro Vargas Cal ...
Fecha publicación: 26/11/2006
Fecha emisión: 23/11/2006
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
1
3
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 16112
17 de noviembre de 2006
DAGJ-1849-2006
Señora
Martha Gutiérrez Herrera
Presidenta de la Junta de Educación
ESCUELA DE GUARDIA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, del 10 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 13 de noviembre siguiente, mediante el cual solicita nuestra autorización para que el señor Valentín Rodríguez Vilchez, cédula de identidad número 2-224-068, funcionario del Instituto de Guanacaste, imparta cursos de computación, bajo la modalidad de contratación “INA después de las cuatro”, sin superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
En primera instancia, es menester realizar un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422, que nos atañe. Dicho numeral contiene como conducta prohibitiva, el desempeñar simultáneamente más de un cargo en los órganos y entidades de la Administración Pública, indicándose que la remuneración que se obtenga por el ejercicio de dicho cargo debe ser de índole salarial. Es decir, ninguna persona podrá percibir más de un salario en razón del desempeño de cargos públicos, con las salvedades que el mismo artículo establece.
En concordancia, conviene analizar, si las labores sobre las cuales versa la presente gestión encajan o no como trabajos extraordinarios, supuesto regulado en el párrafo segundo del ordinal supracitado y definido con mayor claridad mediante el artículo 1, inciso 40) del Reglamento a la Ley No. 8422. En síntesis, al tenor de lo establecido en la Ley No.8422, y en su Reglamento, podemos extraer los siguientes requisitos para la configuración de la figura del trabajo extraordinario:
· 1) Debe estar motivado en circunstanci ...
Fecha publicación: 20/11/2006
Fecha emisión: 17/11/2006
Institución: JUNTA DE EDUCACION ESCUELA EXCELENCIA DE GUARDIA LIBERIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006
1
7
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 16110
17 de noviembre de 2006
DAGJ-1848-2006
Profesora
Yara Mª Marchena Peraza
Presidente
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y LA RECREACIÓN
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio CCDRSC-0038-2006, del 19 de octubre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 03 de noviembre siguiente, mediante el cual solicita la autorización de este órgano de control y fiscalización de la Hacienda Pública para que funcionarios que laboran para el Ministerio de Educación Pública (en adelante MEP), puedan prestar sus servicios para el Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de Santa Cruz como entrenadores para preparar a sus atletas de cara a los próximos juegos nacionales. Añade que no existirá superposición horaria, dado que este trabajo que se pretende contratar, se realizará fuera de la jornada ordinaria de estos funcionarios.
Considerando lo anterior, se solicita autorización para contratar a los siguientes funcionarios del MEP, para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo establecido en el numeral 17 de la Ley No. 8422:
· Señor Eithel Pastrana Arroyo, cédula 5-214-021, quien labora en el Liceo de Santa Cruz, para ser contratado como Entrenador de Fútbol Femenino.
· Señor Luis Ángel Noguera Leal, cédula 1-462-320, quien labora en la Escuela Arado Santa Cruz, para ser contratado como Entrenador de Fútbol Sala.
· Señor Luis Eduardo Avilés Dinarte, cédula 5-228-624, quien labora para el Liceo de Santa Cruz, para ser contratado como Entrenador de Atletismo.
Como aspecto de segundo orden, requieren que este órgano de control superior autorice a los miembros de la Junta Directiva del Comité, para recibir el pago de viáticos por ...
Fecha publicación: 20/11/2006
Fecha emisión: 17/11/2006
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE SANTA CRUZ - NO USAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Año: 2006